¿Tiene relación el alquiler y la declaración de la renta? Te contamos que, si estás obligado a presentar la declaración, puedes obtener ciertos beneficios fiscales por compra, rehabilitación o alquiler de vivienda habitual. No te olvides que la campaña de la renta 2021-2022, comienza el 6 de abril.
El alquiler y la declaración de la renta en la Comunidad de Madrid
Todo depende de la Comunidad Autónoma donde residas. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se hacen deducciones de alquiler de la vivienda habitual de un 30% y con un importe máximo de mil euros. Esto aplica en declaraciones individuales o conjuntas, pero hay que cumplir una serie de requisitos. Para poder aplicar a los beneficios fiscales del alquiler y la declaración de la renta, deberás ser menor de 35 o 40 años; haber estado en situación de desempleo durante mínimo 183 días; además, deberás tener dos familiares a tu cargo.
Por otra parte, deberás presentar una declaración de ingresos en renta individual de menos de 25.620 euros al año; el importe asciende a 36.200 cuando se trata de renta conjunta. Por último, la unidad familiar no podrá superar los 60.000 euros de base imponible. Por último, en la Comunidad de Madrid solicitan que la cantidad que se paga por alquiler debe superar el 20% de la base imponible general y del ahorro.

Arrendatarios y el bono joven
El bono joven es una medida aprobada por el Gobierno a principios de este año. El objetivo de esta medida es dotar a los inquilinos de entre 15 y 35 años con una ayuda de hasta 250 euros al mes. Este bono es compatible con las ayudas autonómicas, pero siempre que no se supere el 40% de la renta del alquiler, cuando se descuente el bono. Sin embargo, no todos son beneficios, pues el bono joven también es tributable. Es decir, deberá declararse a Hacienda cuando llegue el momento.
Aunque el bono joven no surtirá efectos tributarios hasta la declaración de la renta de 2023, te adelantamos que esta declaración deben presentarla quienes reciban ingresos a partir de 22.000 o 14.000 euros. El primer caso, para quienes reciban de un solo pagador, el segundo, de dos o más. Además, también estarán obligados quienes reciban una ayuda superior a mil euros. Si eres beneficiario de este bono durante cuatro meses, estarás obligado a presentar la declaración de la renta.
De cara a la declaración de la renta del año que viene, debemos añadir que el bono joven tiene efectos retroactivos. Es decir, aunque se conceda posterior a su entrada en vigor (1 de enero de 2022), a efectos tributarios deberá contabilizarse desde el 1 de enero de este año.
Las deducciones estatales por inversión en la vivienda habitual
Los propietarios de una vivienda también pueden verse beneficiados por ciertas deducciones fiscales, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones. En este caso, cuando se ha hecho una inversión en la vivienda habitual. A partir del 1 de enero de 2013 es posible solicitar una deducción en los casos siguientes:
- Cuando se adquiera una vivienda habitual o se invierta en la construcción de la misma. Esto si se hizo antes del 1 de enero del 2013. El máximo deducible será de 9.040 euros
- Es posible solicitar deducciones cuando se invierte en obras de rehabilitación o ampliación de vivienda habitual, antes del 1 de enero de 2013; para este caso en particular, las obras deben haber concluido antes del 1 de enero de 2017.
- Por último, cuando se trate de instalaciones y obras para hacer accesible la vivienda a personas con discapacidad (entre el 1 de enero de 2013 y el 1 de enero de 2017), también se podrá beneficiar de las deducciones fiscales. En este caso, el máximo deducible será de 12.080 euros, por razones de discapacidad de quien declara.

Arrendadores y declaración de la renta
Si eres arrendador y te preguntas si el alquiler tiene beneficios para la declaración de la renta te contamos que hay ciertas condiciones. Desafortunadamente, desde el 1 de enero de 2015, las deducciones por alquiler de vivienda habitual se suprimieron; sin embargo, existe un régimen transitorio para casos específicos establecidos por la Agencia Tributaria.
Por ejemplo, si has celebrado un contrato de arrendamiento anterior al 1 de enero de 2015 y si se han satisfecho (previo a dicha fecha), cantidades por el alquiler de la vivienda habitual; también si se ha tenido derecho a la deducción por alquilar la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por el alquiler de la misma, siempre que el periodo devengado impuesto sea anterior al 1 de enero de 2015.
En los casos anteriores, los contribuyentes podrán deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo por el alquiler de la vivienda; sin embargo, para ello, la base imponible debe ser inferior a 24.107,20 euros anuales. Por otra parte, dicha deducción, no debe repercutir en los beneficios fiscales impuestos por cada Comunidad Autónoma.
La eficiencia energética, el alquiler y la declaración de la renta 2022
Si eres arrendador y has hecho obras para mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, tenemos buenas noticias. La Agencias Tributaria ha establecido tres nuevas deducciones temporales, por las cantidades que se hayan invertido en obras para mejorar la eficiencia energética.
- Cuando se hayan hecho obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración, un 20% y 5.000 euros, máximo.
- Si se han hecho obras para mejorar el consumo de energía primaria no renovable, un 40% y máximo 7.500 euros.
- Cuando se han hecho obras de rehabilitación energética, un 60% y máximo 5.000 euros.