Entre el 4 y 24 de mayo de este año se abrió el plazo de convocatoria para solicitar alguna de las ayudas al alquiler en Madrid según lo establecido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Los recursos más destacables son el programa de ayuda al alquiler de vivienda y el de ayuda a los jóvenes para alquiler de vivienda habitual o permanente.
¿Qué son las ayudas al alquiler en Madrid?
Las ayudas al alquiler en Madrid son una serie de subvenciones de concurrencia competitiva cuya finalidad es facilitar el acceso y permanencia de las personas a una vivienda de alquiler. Están destinadas a ayudar a la población que no tiene suficientes medios económicos para sufragarse un contrato de arrendamiento sin algún tipo de soporte extra. En Madrid existen distintos supuestos por los que se puede acceder a estas ayudas.

Para empezar, el requisito indispensable es ser mayor de edad y ser titular de un contrato de alquiler o encontrarse en condiciones de firmar este documento y por una renta igual o menor a 600 € mensuales y hasta 900 € cuando se trate de familias numerosas. No todos los inmuebles son susceptibles de acogerse a esta subvención; para ello, deben de encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Destinados a familias numerosas.
- Para unidades familiares monoparentales y con cargas familiares.
- Inmuebles que sean unidades de convivencia de víctimas acreditadas de violencia de género. También pueden ser viviendas donde resida algún menor que sea huérfano a consecuencia de violencia de género. Los titulares del contrato deben demostrar el vínculo con el menor a través de la patria potestad o la tutela de forma permanente.
- Viviendas de víctimas de terrorismo o amenaza de terrorismo.
- Viviendas de personas con un grado de discapacidad acreditada.
- Inmuebles en los que todos los miembros de la unidad de convivencia se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado todas las prestaciones que por ley les corresponden.
- Inmuebles en los que los miembros de la unidad de convivencia tengan 65 años o más al momento de presentar la solicitud.
- Para los jóvenes: que todos los miembros de la unidad de convivencia sean menores de 35 años.
La cuantía de la ayuda puede ser del 40% del alquiler anual que se abone por la vivienda; para las personas mayores de 65 años o menores de 35, la ayuda será de un 50%. En los casos en los que la renta supere los 600 € y alcance los 900 €, entonces el importe de la ayuda será de hasta un 30%.
Requisitos
Para solicitar alguna de las ayudas al alquiler en Madrid, es indispensable, además de ser mayor de edad y ser titular de un contrato o estar en posibilidad de firmar uno, se debe contar con la nacionalidad española o tener residencia legal en el país. Asimismo, la vivienda por la que se pida la ayuda tendrá que ser residencia habitual o permanente. Otro de los requisitos es que no se puede ser propietario o usufructuario de un inmueble en el país ni tener vínculos de parentesco ni en primer ni segundo grado con el arrendador; así como ser socio ni partícipe.
Es indispensable que quien solicita la ayuda no haya sido revocado de este derecho, que la renta sea igual o inferior a 600 € y hasta 900 € (en los casos de familia numerosa). Y, por supuesto, que los ingresos del hogar cumplan con ciertos límites según la unidad de convivencia: de estos ingresos depende la cuantía de la ayuda no pudiendo superar los 5.400 € en seis meses.
Procedimiento para solicitar las ayudas al alquiler en Madrid
Para solicitar alguna de las ayudas al alquiler en Madrid, la comunidad ha abierto dos vías: telemática o por Internet y de manera presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. En el primero de los supuestos, es indispensable contar con DNI electrónico o certificado electrónico (cualquiera de los reconocidos por la Comunidad de Madrid). Desde la misma página web se podrá descargar el formulario de solicitud e impresos que deben presentarse, pero también podrás informarte de toda la documentación que se debe incluir.

Para presentar la solicitud de manera presencial, es indispensable pedir cita previa. Pero el trámite no solo puedes hacerlo en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la propia comunidad: también es posible realizar el trámite en la Administración General del Estado, los registros de otras comunidades, los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que se encuentren adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única. Las oficinas de Correos, Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero también son una alternativa.
¿Qué documentación necesitas presentar?
Además del mencionado formulario de solicitud, hay otra serie de documentos indispensables para que el trámite no sea rechazado. Para empezar, necesitas el contrato de alquiler y el certificado de empadronamiento; este último en sus modalidades de colectivo e histórico. Cuando los solicitantes no sean españoles ni ciudadanos de ningún país de la Unión Europea, entonces es necesario añadir una copia del permiso de residencia temporal o de larga duración.
Ten a mano la declaración del IRPF y/o el certificado de imputaciones de la AEAT. Prepara también el libro de familia (para las familias monoparentales); los documentos de víctimas de violencia de género y terrorismo; y los certificados de discapacidad. No te olvides de los certificados del Servicio Público de Empleo para comprobar que no se percibe prestación alguna.