El contrato de alquiler con avalista es un tipo de acuerdo que se firma con el propósito de ofrecer mayores garantías al arrendador de una vivienda. La figura del aval aporta cierta certeza del cumplimiento de las obligaciones del arrendatario, derivadas de un contrato de alquiler.
¿Qué es el contrato de alquiler con avalista?
En un contrato de arrendamiento tradicional participan el arrendador o propietario de una vivienda y el arrendatario, que es el inquilino. Las partes se comprometen, a la firma del contrato, a cumplir las obligaciones y respetar los derechos de ambos. La principal obligación del arrendatario es el pago del alquiler, así como el cuidado de la vivienda que se entrega; a cambio, adquiere el derecho de usar el inmueble. El arrendador, por su parte, obtiene un importe mensual, pero se compromete a mantener la vivienda en las condiciones necesarias para residir en ella.

A la firma del contrato de arrendamiento se entrega una fianza, que es un importe no superior a una mensualidad, que sirve como garantía en caso de reparación de la vivienda derivada del mal uso por parte del inquilino. Si no hay mayores desperfectos, la fianza se devuelve. Pero la fianza no se emplea para garantizar que el arrendatario cumpla con la obligación de pagar el alquiler. Para asegurar ese pago, el arrendador puede recurrir a:
- El seguro de impago de alquiler. Una póliza que garantiza el pago de las mensualidades no cubiertas.
- El avalista. Tercera persona que se hace responsable del pago del alquiler cuando el arrendatario no puede hacerlo.
La figura del avalista en el contrato de alquiler
El contrato de alquiler con avalista es un tipo de contrato de arrendamiento en el que no solo participan arrendador y arrendatario, sino que se incluye a una tercera persona. La figura del aval o fiador no es exclusiva del arrendamiento y se encuentra descrita en el Código Civil. Esta figura se utiliza en los créditos personales, pero también en el arrendamiento.
En la Ley de Arrendamientos Urbanos se establece que las partes pueden, dentro del marco legal, establecer tantas cláusulas como crean necesarias al firmar el contrato. Hay cláusulas que son obligatorias, como las relativas a la duración y objeto de contrato, así como la cuantía del mismo; y, por supuesto, las cláusulas de garantía, siendo la fianza la más importante.
Pero el arrendador puede pedir tantas garantías como crea convenientes y aquí es cuando se puede requerir a un avalista. Aunque la figura como tal no está especificada en la LAU, sí que ésta ley determina que las partes pueden pactar y determinar cualquier garantía que crean conveniente para que el arrendatario pueda cumplir sus obligaciones, además de la mencionada fianza.
Este tipo de contratos se utiliza cuando los arrendatarios son estudiantes o personas muy jóvenes con trabajos temporales y poca solvencia económica. Generalmente, la figura del avalista recae en los padres del inquilino o en familiares.
¿Qué hace el fiador en el contrato de alquiler con avalista?
El avalista puede ser una persona física o jurídica (aval bancario) y es quien se obliga a responder en nombre del arrendatario, en caso de que éste incumpla. El fiador se compromete y su compromiso se eleva al carácter de responsabilidad al momento de firmar en el contrato de alquiler con avalista.
¿Qué puede reclamarle el arrendador al fiador? Estas son algunas de las cosas que puede solicitar:
- El pago de las mensualidades del alquiler pendientes.
- Facturas de suministros pendientes de pagar.
- Pago de comunidad (en caso de que así se haya pactado en el contrato).
- Reclamar daños y perjuicios.
En el caso del fiador, éste puede comprometerse a respaldar al arrendatario en todas las obligaciones contraídas o solo en una parte y durante un período de tiempo específico. Por ejemplo, que solo pueda ayudarle con el pago del alquiler durante seis meses o un año. Esto debe especificarse en el contrato de arrendamiento pues, de lo contrario, el arrendador puede reclamarle todas las obligaciones que crea convenientes.

En el contrato de alquiler con avalista debe especificarse que el fiador tiene derechos de orden y excusión. El de orden quiere decir que primero, el arrendador debe reclamar al arrendatario y luego al fiador; por otra parte, el de excusión establece que si el arrendatario cuenta con bienes y propiedades, el arrendador debe reclamar el pago de las deudas con los bienes del arrendatario y después, acudir al avalista.
Tipos de responsabilidad del fiador
Es importante destacar que en un contrato de alquiler con avalista es posible que éste tenga dos tipos de responsabilidad diferentes:
- Solidaria. Cuando el arrendador puede dirigirse, indistintamente, al arrendatario o al fiador para hacer la reclamación.
- Subsidiaria. Se refiere a que el avalista solo está obligado a responder cuando el arrendador haya reclamado previamente al arrendatario el cumplimiento de la deuda.
Sobre un mismo contrato pueden existir uno o más avalistas y cada uno de ellos deberá responder con una parte de la deuda.