El arrendamiento supone una relación contractual en la que las partes deben cumplir con sus obligaciones. Mientras el casero tiene que ofrecer una vivienda en condiciones de habitabilidad, el arrendatario debe abonar el alquiler de forma periódica. ¿Qué pasa cuado no se paga la renta? ¿Es posible negociar un acuerdo de reembolso?
Las obligaciones de las partes en el arrendamiento
Cuando se celebra un contrato de alquiler las partes adquieren derechos y obligaciones. El propietario de un inmueble en arrendamiento tiene que mantener el piso en condiciones de habitabilidad; es decir, la caldera debe estar funcionando, las puertas y ventanas cerrar perfectamente, entre otras. Todo esto al momento en el que el inquilino entra a vivir en la propiedad.

En caso de haber desperfectos ocasionados por la antigüedad del inmueble o un error en los electrodomésticos, es obligación del casero subsanar estos fallos; no así cuando los daños sean por un mal uso por parte del inquilino. El casero adquiere el derecho, a su vez, de recibir el pago del alquiler por el inmueble de forma puntual.
El arrendatario o inquilino tiene la obligación de pagar la renta de forma periódica y puntual. Así, el contrato de arrendamiento debe establecer el importe y el plazo para abonar la renta (suele ser dentro de los primeros siete días del mes); además, también tiene la obligación de devolver el piso tal y como lo encontró (o lo más parecido), al momento de entrar a vivir en la vivienda.
Por eso es que el contrato de arrendamiento suele incluir fotografías en las que se deja constancia del estado de la vivienda; también es bueno incluir una lista con los bienes muebles que se entregan en alquiler (sillas, sillones, mesas, camas, electrodomésticos, etcétera).
¿Qué es un acuerdo de reembolso?
Cuando el alquiler concluye por haberse cumplido el plazo del contrato, las partes se reúnen para firmar o no un acuerdo de reembolso; esto es, devolver la fianza que se entregó al principio del contrato. La fianza sirve como garantía para reparar algunos desperfectos que pueda haber en la vivienda al concluir el arrendamiento o para pagar facturas de agua, luz o electricidad que estén pendientes.
Si todo se encuentra en orden, inquilino y casero firman un acuerdo de reembolso por el que el casero debe restituir el importe de la fianza íntegro. La fianza, al principio del arrendamiento, se deposita ante las autoridades pertinentes, así que, cuando se firma el acuerdo de reembolso y de fin de contrato, el arrendador debe solicitarla a las autoridades. Una vez la tenga en su poder, hace la devolución inmediata al inquilino.
Cuando hay algún desperfecto como por ejemplo, muebles rotos o en mal estado y daños ocasionados por el arrendatario, el propietario puede retener parte de la fianza para hacer las reparaciones; lo mismo ocurre si hay facturas pendientes por pagar. Se firma un acuerdo de reembolso por la cantidad acordada. Por ejemplo, si la fianza son 1.000 euros y las reparaciones ascienden a 400 euros, el acuerdo de reembolso debe firmarse por 600 euros.

¿Hay acuerdo de reembolso si el inquilino no paga la renta?
¿Es posible negociar una cuerdo de reembolso con un inquilino que no ha pagado la renta? Debemos decirte que la fianza no se utiliza como garantía para pagar mensualidades de alquiler atrasadas, pero sí que puedes retenerla si el inquilino no paga.
Cuidado, es importante que ante la primera moratoria de alquiler, te pongas en contacto con tu inquilino para saber qué ha pasado. No ocurre nada si el arrendatario se atrasa un par de días, pero no es lo mismo atrasarse un par de meses o varios meses. Lo mejor es enviar un burofax para solicitar el pago de las mensualidades debidas. Si no, es necesario iniciar un proceso de desahucio.
Pero supongamos que el inquilino marcha después del primer mes de no pagar, ¿es posible firmar un acuerdo de reembolso? Aquí es momento de sentarte con el inquilino y negociar los términos de su partida. Si se produce dentro de los seis meses desde la firma del contrato, hay un incumplimiento por su parte y no le corresponde reembolso; es más, el casero puede pedir una compensación por cada mes incumplido.
Cuando han transcurrido los seis meses entonces, se puede negociar un acuerdo de reembolso. Si el inquilino abona el mes debido, negocia con él cuánto de fianza le corresponde después de analizar la propiedad y determinar si tiene o no desperfectos o si hay alguna factura pendiente de pago. Cuidado, porque el inquilino debe avisar con un mes de antelación que va a marchar, si no, hay una penalización.
Es muy importante que dejes constancia por escrito de todas las actuaciones que celebres con el inquilino. Desde un acuerdo de retención de fianza hasta un acuerdo de reembolso de la misma. ¿Por qué? Porque así evitas que pueda haber cualquier reclamación por su parte en el futuro. El mismo caso aplica cuando vas a requerir algún pago debido, lo mejor es hacerlo por burofax.