Si vas a vivir de alquiler, debes saber que tienes que pagar un impuesto. Este tributo es de carácter autonómico y se trata del ITP. ¿A cuánto asciende el impuesto de arrendatario en Madrid? Aunque popularmente se le conoce como «impuesto del arrendatario», en realidad es el ITP y tiene que pagarse de forma obligatoria.
¿Qué es el impuesto de arrendatario en Madrid?
Todos los arrendatarios están obligados a pagar un impuesto cuando han firmado un contrato de alquiler. Este es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, mejor conocido como ITP. Esta tributación, de carácter autonómico, se paga en caso de:
- Alquiler de vivienda.
- Alquiler de local comercial.
- Arrendamiento de vivienda para uso comercial.

El ITP debe pagarlo el arrendatario, pero el arrendador también puede ocupar la función de solidario y contribuir al pago del mismo. Muy importante: el impuesto de arrendatario en Madrid debe pagarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la firma del contrato de alquiler.
¿Cómo hacer el pago del impuesto de arrendatario en Madrid?
Para la presentación de este impuesto es necesario pedir una cita previa para la elaboración de la autoliquidación del ITP. La liquidación se hace en las oficinas en el Paseo del General Martínez Campos y debe pedirse cita de forma telemática, presencial o por teléfono. Esta solicitud se hace para que en las oficinas puedan elaborarte el documento a liquidar en el banco o también de forma telemática. Aquí, la Comunidad de Madrid calculará cuál es el impuesto que debes de pagar por el arrendamiento.
Al momento de hacer la solicitud es necesario acreditar la transmisión patrimonial, en este caso, el contrato de arrendamiento firmado por ambas partes. Si no se envía, es imposible emitir la autoliquidación. El día de la cita, un funcionario se pone en contacto contigo para proceder al correspondiente pago y a la presentación del ITP. En caso de no pedir la autoliquidación, deberás acudir con el modelo 600 cumplimentado y pagado, pero lo más aconsejable es pedir a las autoridades que elaboren ellas el documento de autoliquidación.
¿Cómo ingresar el ITP en Madrid?
Pagar el impuesto de arrendatario en Madrid es muy fácil, pues puede hacerse de forma telemática a través de pago con tarjeta o con cargo a cuenta corriente. Los bancos con convenio en la Comunidad de Madrid son CaixaBank, Cajamar, BBVA y Sabadell.
Si no se hace el pago de forma telemática, es posible acudir de manera presencial y hacer el pago en ventanilla. Pero cuidado, pues debes indicarlo en el sistema e imprimir el correspondiente modelo de pago.
Último paso: Presentación
Una vez que se ha liquidado el impuesto, es momento de presentarlo oficialmente en la Comunidad de Madrid. La presentación puede ser telemática en la plataforma en línea de la comunidad y seguir las instrucciones de su Oficina Virtual. Es necesario contar con un DNI electrónico o certificado digital para poder hacer la presentación.
Si la presentación se hace de manera presencial, el arrendatario puede acudir a cualquiera de las 24 oficinas liquidadoras de la Comunidad de Madrid. Deberás llevar las copias de la autoliquidación, debidamente selladas; además, no te olvides de llevar copia del contrato de arrendamiento para que lo sellen y el CIF.
Si eres menor de 35 años puedes obtener bonificaciones
En la Comunidad de Madrid, si eres menor de 35 años y ganas menos de 25.600 euros al año, puedes solicitar la desgravación de hasta 1.000 euros. Esto parece toda una ventaja, pero recuerda que hay que pagar el ITP. El pago del impuesto de arrendatario en Madrid no era conocido y es obligatorio en varias comunidades, pero no en todas. ¡Y es que aunque está vigente desde 1993, nadie lo ha pagado!

Siempre ha sido obligatorio, pero nadie lo pagaba porque las cuotas eran tan bajas, que no valía la pena a las agencias recaudadoras gastar en solicitar el pago de estos impuestos. Pero ahora, con la subida del alquiler, resulta necesario hacer este pago. Como ya has visto, si eres menor de 35 años puedes hacerte diferentes deducciones fiscales, pero para poder hacerlas, tienes que haber pagado el ITP correspondiente.
Para saber cuánto te toca pagar de ITP deberás tomar como referencia la base imponible anual del alquiler. Si se pagan 1.000 euros por mes, entonces al año, serán 12.000 euros. Este importe se multiplica por los años que dure el contrato de arrendamiento. Si son tres años, entonces serán 36.000 euros; si son cinco años, son 60.000 euros. Cualquiera de estas cantidades es superior a los 7.692,96 euros de una tabla proporcionada por la comunidad y se le aplica el coeficiente de 0,024040 euros por cada 6,01 euros superados. A esto, además, se le deben sumar 30,77 euros. Toda esta información la encontrarás en una tabla que la comunidad pone a disposición del público.
Si las matemáticas no se te dan bien, no te preocupes, pues la Comunidad de Madrid hace los cálculos por ti en la primera cita que pidas. Por eso es tan importante enviar copia del contrato de arrendamiento. ¿Y cuánto puedes pagar aproximadamente? El importe varía en función del precio de tu alquiler, pero por 1.000 euros puedes encontrarte rondando los 150 euros. Por otra parte, si hay varios inquilinos, este importe se reparte entre todos.