Inquilino que no paga la luz a su nombre

¿Qué hacer con un inquilino que no paga la luz a su nombre? Esta es una de las preguntas habituales que suelen hacerse los propietarios de una vivienda en arrendamiento. Esto supone un conflicto entre las partes que, a la larga, pueden acarrearte una serie de problemas. ¿Qué puedes hacer en estos casos? ¿Es posible cortar la luz al inquilino?

¿Qué hacer con un inquilino que no paga la luz a su nombre?

Cuando se firma un contrato de arrendamiento, uno de los requisitos es que el nuevo inquilino cambie la titularidad de las facturas de suministro a su nombre; es decir, que en vez de aparecer el nombre del propietario aparezca el del arrendatario. Esto evita muchos conflictos entre las partes y es lo más aconsejable hacer al momento de firmar el contrato.

inquilino que no paga la luz a su nombre

Si la titularidad no se cambia, corres el riesgo de que el inquilino decida, simplemente, no pagarte por el suministro de electricidad, aunque tú le mandes las facturas correspondientes. Recuerda que la deuda por el suministro de luz no la acarreas tú ni el inmueble, sino la persona que no paga. Si la titularidad de dichas facturas se cambian a nombre del arrendatario que es él el deudor y quien ha caído en una situación de impago.

¿Es posible saber si el inquilino paga la luz o no? Cambiar la titularidad supone restarte, como propietario, una serie de preocupaciones y obligaciones de pago. El inquilino, a su vez, tiene el derecho de cambiar la tarifa por la que más le convenga y controlar sus gastos. También puede cambiar de compañía si encuentra una que le ofrezca mejores condiciones. Está en su derecho y tú, como propietario, estás en la obligación de respetarlo.

Ahora bien, saber si el inquilino paga o no la luz puede resultar un poco complicado, pues ya no eres tú el titular de dichas facturas. Siempre puedes acercarte a la compañía suministradora y solicitar la información, pero para ello, deberás acreditar que eres el legítimo propietario de la vivienda; esto solo puede hacerse con la escritura de la casa; también deberás aportar un recibo anterior en el que conste el CUPS de la vivienda, que es un código único de suministro energético. También puedes solicitar una nota simple registral ante el Registro de la Propiedad; en este documento, que puedes pedir por Internet y por el que debes pagar una tasa, se mostrarán las cargas pendientes del inmueble; es decir, las deudas del mismo.

Inquilino que no paga la luz a su nombre: ¿Cómo actuar?

Mientras el arrendamiento esté vigente no supone ningún problema el inquilino que no paga la luz a su nombre. Es él quien acarrea la deuda y la compañía suministradora puede decidir cortar el servicio de luz. Ahora bien, ¿Qué ocurre con el inquilino que no paga la luz a su nombre cuando el contrato de arrendamiento concluye? Puede ocurrir que el contrato finalice y que el inquilino abandone el inmueble sin haber pagado las últimas facturas.

Si se hizo el cambio de titular, no tienes que preocuparte, pues él es el único responsable de la deuda. La compañía suministradora se encargaría de hacer cumplir y reclamar los pagos pendientes a través de distintas vías. El problema viene cuando el inmueble queda libre y se produjo el corte de suministro. Si quieres alquilarla de nuevo y no tienes luz, ¿Qué puedes hacer?

La opción más fácil y rápida es asumir la deuda, es decir, pagar tú las facturas pendientes y reclamar, vía judicial, el pago de la luz al inquilino. También puedes cambiarte de compañía pero contigo como titular de la factura y, por supuesto, pedir el alta de suministro, asumiendo tú los costes. Otra cos que puedes hacer, en caso de que el inquilino se marche sin haber pagado la luz a su nombre, es retener la fianza y utilizarla para pagar las posibles deudas de facturas que el arrendatario pueda tener. Por supuesto, debes especificar claramente el motivo de retención de la misma en el modelo de finalización de contrato de arrendamiento.

pago de factura de la luz

¿Qué ocurre si no cambias la titularidad?

Desafortunadamente, si no cambias la titularidad de las facturas de suministros, e incluso, las de Internet, el deudor ante la compañía suministradora eres tú y no el inquilino. Entonces tú te conviertes en responsable de dichos impagos. Si no quieres cambiar la titularidad de los suministros, sí puedes pedir la domiciliación de los recibos en la cuenta del inquilino, mientras tú te mantienes como titular de las facturas.

Al ser tú el titular del contrato de luz, sí puedes saber si las facturas se pagan o no. Corres el riesgo, sin embargo, de ser tú quien se convierta en el responsable de la deuda. Otra forma de «resguardarte», es incluir el precio de la luz en el contrato de alquiler, siempre y cuando tengas contratada una tarifa fija con la compañía suministradora. Esta es una buena opción, pues dentro de la mensualidad del alquiler ya estás incluyendo los gastos de la casa. Así, el inquilino tendrá que pagarte ambas cosas cada mes.

Cuidado, porque no todas las compañías ofrecen una tarifa plana o fija. En caso de ser así, esta situación debe informarse al inquilino al momento de la firma del contrato de arrendamiento. En el documento se determina que, de 700 euros que se cobran de alquiler, por ejemplo, 600 son para el alquiler propiamente dicho y 100 euros son para las facturas de la luz; deberá anexarse, en el contrato, dicha factura que compruebe que ese es el importe exacto y que se trata de una tarifa fija.

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