Medidas del Gobierno para limitar el IPC

El pasado 29 de marzo se aprobaron una serie de medidas del Gobierno para limitar el IPC, en lo que a los precios de los alquileres se refiere. Este límite será de 2% como máximo y atiende al plan de respuesta al impacto que la guerra en Ucrania está teniendo sobre la economía española. Esta serie de medidas del Gobierno para limitar el IPC entrará en vigor a partir del 1 de abril y afecta únicamente a los contratos que sean susceptibles de actualización entre el 1 de abril y el 30 de junio.

¿Qué es la limitación del 2% a la subida del alquiler?

Los alquileres pueden subirse, siempre que sea dentro del plazo establecido, una vez al año y de acuerdo a las variaciones del IPC (Índice de Precios al Consumidor); para ello, el arrendador solo tiene que entrar en la página del INE e introducir una serie de datos para obtener el cálculo exacto para la subida del alquiler a su inquilino. Sin embargo, durante tres meses, y para desahogar a los arrendatarios, se han publicado una serie de medidas del Gobierno para limitar el IPC.

límite del 2%

La inflación, a consecuencia de la guerra de Ucrania y los remanentes de la crisis de la Covid-19, no ha hecho más que avanzar. Esta inflación no solo puede verse reflejada en los productos básicos del supermercado, sino también en las facturas de la luz y el gas, así como en el alquiler. Es por esto que el Gobierno ha establecido un límite del 2%, pero tiene ciertas condiciones. Por ejemplo, cuando las partes no hayan llegado a un acuerdo respecto de la actualización de la renta.

¿Y esta medida tendrá carácter retroactivo? De momento, se sabe que este tope al alquiler estará en vigor desde su publicación el 1 de abril y hasta el 30 de junio. A través de este decreto, se prohibirá a todos los arrendadores ejecutar, de forma unilateral, subidas de las rentas de alquiler superiores al 2% en los próximos tres meses. En el caso de los grandes tenedores, es decir, propietarios de diez o más pisos o terrenos superiores a 1.500 metros cuadrados, la medida también se aplicará. Si deseas subir el precio de la vivienda más allá del 2% deberás llegar a un acuerdo con el arrendatario; de lo contrario, la actualización de la renta deberá acogerse al límite impuesto por el Gobierno.

El IPC en los contratos de alquiler

El IPC es el indicador más utilizado por los arrendadores para llevar a cabo la actualización de las rentas del alquiler. Este indicador tiene una variación mensual y, para ello, los propietarios deben acogerse a la variación del mes en el que se haga la revisión del contrato. Si firmaste un contrato de arrendamiento en mayo del año pasado y este mes toca revisión, entonces deberás regirte por las nuevas medidas del Gobierno para limitar el IPC.

¿Por qué un 2%? Según las autoridades, las medidas limitan el IPC e introducen un tope en la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que se coloca en el 2%.

actualización de la renta

Características de las medidas del Gobierno para limitar el IPC

Si te toca actualizar la renta entre el 1 de abril y el 30 de junio, toma nota de las condiciones para hacerlo:

  • La actualización puede ser superior al 2% siempre y cuando exista acuerdo entre las partes y siempre que se trate de pequeños propietarios.
  • Si las partes no llegan a un acuerdo, el límite para actualizar la renta será del 2%.
  • El límite será del 2% cuando el arrendador sea un gran tenedor.
  • El real decreto ley aprobado por el ejecutivo el 29 de marzo de 2022, entrará en vigor el 1 de abril y se aplica a todos los contratos sujetos a revisión anual desde la entrada en vigor del decreto y hasta el 30 de junio de 2022.
  • No tiene efectos retroactivos.
  • La medida podría afectar a una cuarta parte del total de los contratos de alquiler (875.000 contratos).
  • Las medidas se basan en el Índice de Garantía de Competitividad creado en 2013. Este parámetro establece una tasa de revisión de precios que es consistente con la recuperación de la competitividad frente a la zona euro. Tiene un suelo del 0% y un límite de 2%. La última variación del IGC (enero 2021-2022 es de un 2,02%).

Efectos negativos

Las medidas están diseñadas para beneficiar a los inquilinos y aliviar un poco las cargas impuestas por la creciente inflación. Sin embargo, según los expertos, sería necesario establecer medidas adicionales que impidan que los límites al IPC y al alquiler, no recaigan sobre los arrendadores; estos últimos, a fin de cuentas, saldrían perdiendo de prolongarse la medida. ¿Qué harían los arrendadores en este caso? Si la medida se extiende y las pérdidas son tangibles, es más probable que un propietario decidiera poner su vivienda a la venta. Esto traería serias consecuencias para el mercado de los alquileres, pues la oferta es ya de por sí limitada.

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