Mi inquilino se va del piso y quiere su fianza

¿Qué pasa si mi inquilino se va del piso y quiere su fianza? ¿En qué casos procede devolverla? Debes saber que la Ley de Arrendamientos Urbanos regula todo lo relativo a las condiciones de rescisión del contrato de alquiler y que en algunos casos procede devolver la fianza.

¿Qué es la fianza?

Uno de los requisitos para celebrar el contrato de arrendamiento es el pago de la fianza. Este es un importe obligatorio que el arrendatario debe pagar al momento de celebrarse el contrato y que asciende a la totalidad de un mes de alquiler. La fianza no es un importe que el casero pueda retener para sí, sino que debe depositarlo ante las autoridades correspondientes.

Mi inquilino se va del piso y quiere su fianza

Como casero no puedes pedir más de la totalidad de un mes de renta bajo concepto de fianza. Es decir, si alquilas el inmueble por 1.000 euros no puedes pedir 1.100 o 2.000 euros de fianza. Una vez que lo recibas, debes ingresarlo ante las autoridades pertinentes de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el inmueble alquilado.

La fianza sirve para garantizar la reparación de desperfectos en la vivienda una vez concluido el arrendamiento. Si el inquilino marcha del piso y ha hecho obras sin tu consentimiento; si la vivienda está sucia, hay algo roto o facturas de suministro pendientes de pago, puedes retener la fianza.

Mi inquilino se va del piso y quiere su fianza, ¿debo devolverla?

No todas las veces el inquilino tiene derecho a recuperar la fianza. Como ya adelantamos, cuando la vivienda no se encuentra en las condiciones en las que se entregó, puedes retener la fianza. Esto en el caso de que el inquilino cumpla el plazo del contrato y después de que hagas una inspección a la vivienda y si encuentras daños en la misma.

En caso de que la vivienda esté en buen estado, puedes proceder a devolver la fianza al arrendatario. Para ello, tienes el plazo de un mes.

Rescisión del contrato antes de tiempo

Si mi inquilino se va del piso y quiere su fianza, pero se marcha antes de que pasen seis meses de la firma del contrato, es posible retener la fianza. Y en este caso, también puedes pedir una indemnización por cada mes que el inquilino no cumplió.

En este caso además, debes verificar que la vivienda se encuentre en buen estado y puedes quedarte sin la fianza sin ningún problema; a menos que existan razones de peso y justificadas por parte del arrendatario.

Mi inquilino se va del piso y quiere su fianza

Es posible que el inquilino se marche del piso antes de los seis meses desde la firma del contrato y sí es posible que exija que se le restituya la fianza. Debes saber que como arrendador, estás en la obligación de entregar una vivienda en condiciones de habitabilidad.

Si al momento de celebrar el contrato el inmueble presenta desperfectos (una caldera en mal estado, entre otros); estás en la obligación de repararlos. Debes ofrecer al inquilino un plazo razonable de tiempo para hacer estas reparaciones, pero si no cumples con ellas, el inquilino puede marcharse del piso y exigir que se le restituya la fianza.

También es posible que el inquilino marche antes de tiempo si el edificio tampoco reúne las condiciones necesarias. Por ejemplo, si el inquilino tiene problemas con los vecinos, si el edificio es inseguro, entre otras.

No importan las circunstancias de la marcha del arrendatario ni los motivos que alegue, tiene la obligación de notificar al arrendador en un plazo de 30 días antes de abandonar la vivienda. De esta forma, el propietario puede hacer la inspección correspondiente y buscar a otros arrendatarios, en caso de ser necesario.

Mi inquilino se va del piso y quiere su fianza

¿Se devuelve o no la fianza?

En caso de que existan causas justificadas por parte del inquilino y proceda la devolución de la fianza, el propietario tiene el plazo de 30 días para restituir este importe.

Para ello, como casero, debes pedir a las autoridades competentes la restitución del importe de la fianza.

Finalización del contrato de arrendamiento

Para finalizar el contrato de alquiler de forma legal, el inquilino debe notificarte en un plazo de 30 días antes de marchar del piso; además, si quiere recuperar la fianza, es importante que alegue motivos de peso para hacerlo. Lo más aconsejable, en el caso de los arrendatarios, es hacer la notificación a través de un burofax. El burofax sirve para dejar constancia de que se ha notificado al propietario dentro del período de tiempo establecido.

Pero no basta con que el inquilino te avise de que va a marchar. En este caso las partes deben reunirse para firmar un acuerdo de terminación del alquiler con o sin retención de fianza; en la celebración de esta reunión, arrendador y arrendatario firiman un documento que pone fin a la relación contractual.

Además en esta misma reunión, el inquilino debe entregar las llaves de la vivienda.

Artículos Relacionados

Descubre las últimas novedades de nuestro blog.

Abrir chat
1
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?