¿Qué hacer si el inquilino no paga el alquiler?

Una de las preocupaciones más habituales de los propietarios de una vivienda en arrendamiento es cómo actuar cuando un inquilino no paga el alquiler. ¿Con qué recursos cuentan los arrendadores para solucionar estos problemas? ¿Se puede prevenir que el inquilino no pague el alquiler?

¿Qué pasa si un inquilino no paga el alquiler?

Cuando se firma un contrato de arrendamiento, las partes adquieren derechos y obligaciones. Mientras el inquilino tiene el derecho a vivir en un inmueble en buen estado, también tiene la obligación de pagar una renta periódica por dicho inmueble. El casero, por su parte, tiene la obligación de que la propiedad esté en óptimas condiciones para vivir en ella y adquiere el derecho de recibir la renta de forma puntual.

Cuando el inquilino no paga el alquiler, entonces se dice que hay un incumplimiento de contrato. Es fundamental que el documento que se firma contenga cláusulas específicas en las que se detallen:

  • El importe a pagar por el inmueble.
  • La periodicidad del pago, que suele ser mensual.
  • Los días con los que cuenta el inquilino para efectuar el pago. Generalmente se estipula dentro de los siete primeros días del mes.
  • La forma de pago (ingreso en cuenta, transferencia, a través de una agencia o en efectivo).

También debe especificarse un apartado en el que se señalen las causas de terminación del contrato de alquiler y también que la falta de pago supone la extinción de la relación contractual. ¿Qué puede hacer el casero cuando el inquilino no paga el alquiler?

Requerimiento de pago

No es lo mismo que se retrase un par de días a que se retrase un mes. Ante la ausencia de pago dentro de un período de tiempo razonable, la mejor opción es ponerse en contacto con el inquilino.

Si después de 10 o 15 días desde la fecha de pago aún no hay noticias del inquilino, el casero está en su derecho de ponerse en contacto y preguntar por la vía amistosa. Si se compromete a abonar el importe a fin de mes junto con la mensualidad siguiente, entonces no supone un problema.

No estaríamos en esa misma situación cuando ha pasado un mes y dos y el inquilino no paga el alquiler. Es momento de que el casero haga un requerimiento de pago a través de un burofax. Este documento permite dejar constancia de que el pago se solicitó formalmente, en caso de que el asunto llegue a los tribunales.

Pedir el desalojo de la vivienda

A la vez que se hace el requerimiento de pago, el casero puede solicitar la restitución de la vivienda de forma inmediata para evitar que la deuda siga creciendo. Es importante tener en cuenta que el propietario está en todo su derecho, pues el inquilino que no paga el alquiler cae aquí en un incumplimiento de contrato y esto supone la extinción de la relación contractual.

Si el inquilino accede y se marcha de inmediato, entonces debe firmarse un acuerdo con retención de fianza y establecer la manera en la que el inquilino pagará la deuda contraída.

¿Se puede utilizar la fianza para pagar el alquiler?

La fianza es una garantía que no sirve para pagar el alquiler, sino para posibles reparaciones y desperfectos en la vivienda. Si la vivienda está en óptimas condiciones, el propietario puede retener la fianza para absorber parte de la deuda por ausencia de pago de la renta.

En cualquier caso, debe firmarse un acuerdo con retención de fianza y la relación entre las partes no concluye del todo hasta que el inquilino no haya liquidado la deuda.

Desahucio del arrendatario

Cuando el inquilino no paga el alquiler y el arrendador no actúa de inmediato, puede pedir el desahucio. Este es un medio legal que se resuelve a través de un juicio. El dueño de la casa deberá presentar pruebas fehacientes de que el inquilino ha dejado de pagar el alquiler.

El juicio, que concluye con el desalojo del inquilino, no tiene una duración determinada. Así, es posible que la sentencia se dicte en un par de meses e incluso en seis. Se trata de un procedimiento complejo y algo desagradable, sobre todo para la parte desahuciada.

¿Se puede prevenir que el inquilino no pague el alquiler?

Los arrendadores pueden preguntarse si se puede evitar llegar a un desagradable juicio de desahucio y todo lo que esto implica. La respuesta es sí: los propietarios cuentan con algunos recursos para protegerse ante el inquilino que no paga el alquiler.

La primera opción sería contratar los servicios de una agencia especializada en el cobro del alquiler garantizado. Es decir, dentro de los primeros cinco días del mes, la agencia envía el dinero de la renta al propietario y se encarga de hacer las gestiones pertinentes con el arrendatario.

Otra forma es contratar un seguro de alquiler. A través de este, que se contrata con una compañía aseguradora, el propietario garantiza el pago aún cuando el inquilino deje de pagar. Todo depende de la póliza que se firme, pues es posible recibir cobertura por hasta 12 meses de impago. Estas pólizas suelen ofrecer asistencia jurídica en caso de que el asunto llegue a los tribunales. Un último recurso es pedir en la firma del contrato un aval que respalde al inquilino si cae en el impago del alquiler. El aval puede ser una tercera persona, pero también bancario. En caso de que el inquilino no pague el alquiler, se debe solicitar a éste el importe debido y después acudir al aval.

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