Si acabas de mudarte a un piso de alquiler, deberás de darte de alta como titular de los servicios de suministro que la vivienda tenga. Indispensable hacer el cambio de titular en lo que a factura de la luz se refiere. ¿Y qué ocurre con el agua? ¿Qué pasa si hay una deuda de agua del anterior inquilino de la vivienda? ¿Debe pagarla en arrendador o el nuevo arrendatario?
Las deudas por suministros
La deuda por el suministro de electricidad y gas resulta algo más fácil de «evitar» como casero o como nuevo inquilino. Esto es porque lo más aconsejable, cuando se firma un contrato de arrendamiento, es hacer el cambio de titularidad de los suministros. En el caso de la luz, la deuda no recae sobre el inmueble, sino sobre el titular de dicha factura. No quiere decir, en absoluto, que como casero puedas desvincularte de dicha deuda y olvidarla. Te puedes cambiar de compañía eléctrica y firmar un nuevo contrato mientras el anterior inquilino se queda con la deuda atrasada. Las comercializadoras se encargan de gestionarlo.

El problema puedes encontrarlo cuando se trata del agua. Y es que en España el suministro de este recurso está gestionado por la Administración Pública. Es la autoridad autonómica, local y central las que realizan dichas gestiones, siendo los ayuntamientos los que prestan los servicios finales a los usuarios; estos servicios son el de abastecimiento de agua potable, depuración y saneamiento. Aunque buena parte del agua del país es suministrada por empresas privadas, estas celebran contratos con los ayuntamientos, no con el usuario final.
La titularidad del suministro de agua
Lo más habitual es no cambiar la titularidad del suministro de agua, aunque es aconsejable. La gran mayoría de las personas optan por incluir el precio de este servicio en el contrato de alquiler, cosa que deberá especificarse al momento de firmar el contrato; otros, prefieren no cambiar la titularidad, pero sí la cuenta del banco, es decir, la domiciliación. ¡Cuidado! En este segundo caso, es mucho más fácil que el inquilino deje de pagar el servicio y seguir siendo el arrendador el titular de la deuda de agua del anterior inquilino.
Cada Ayuntamiento establece los métodos para hacer el cambio de titular de agua. Generalmente estos cambios pueden realizarse:
- Online.
- Por teléfono y remitiendo la documentación.
- Por correo electrónico.
- De forma presencial.
Uno de los «problemas» que se encuentran los inquilinos y caseros es que el cambio de titularidad del agua no es gratuito, como sí lo es el de gas y electricidad. El precio por cambiar dicha titularidad varía entre ciudades y no es reembolsable; se acompaña además de una fianza que oscila entre los 50 y 100 euros. De nuevo, todo varía entre ciudades, pues en Barcelona, por ejemplo, el trámite es gratis.
¿Qué hacer si el inquilino no paga el agua?
Si acabas de mudarte a un piso de alquiler y recibes una notificación de deuda de agua del anterior inquilino, informa al casero es lo primero que debes hacer. Pero tampoco te olvides de preguntar, al momento de firmar el contrato de arrendamiento, qué ocurrirá con los suministros de la casa. Si estos no están incluidos dentro del precio del alquiler, entonces el casero deberá proporcionarte las últimas facturas y recibos para que puedas hacer el cambio de titularidad.

Ahora bien, como nuevo arrendatario no tienes deber de hacerte cargo de la deuda de agua del anterior inquilino. El casero debe solucionar este problema. Cuidado también si al momento de la firma del contrato de alquiler te piden entregar un IBAN. La inmobiliaria solo debería proporcionarte los datos bancarios del casero para que tú puedas hacerle las transferencias o ingresos del alquiler mensual. En caso de pedirte el IBAN, pregunta si es para ponerlos en las facturas de la luz, agua, teléfono, etcétera.
Si este es el caso, es recomendable pedir recibos pagados de las últimas facturas para saber si está al corriente de pagos. Si has firmado el contrato, no te preocupes, puedes acercarte al Ayuntamiento (en el caso del agua), con el contrato de alquiler para empadronarte y, con el certificado de empadronamiento, pedir información sobre el pago del agua.
Como casero, si no cambias la titularidad, eres tú el responsable de pagar la deuda de agua del anterior inquilino antes de arrendar de nuevo la propiedad. ¿Cómo puedes hacerlo si no quieres desembolsar por esa deuda? ¡Para eso tienes la fianza!
Utiliza la fianza para pagar la deuda de agua del anterior inquilino
El contrato de arrendamiento puede extinguirse por diferentes causas y en diferentes plazos. Sea cual sea el motivo y el tiempo en el que se ponga fin a la relación contractual, puedes hacer uso de la fianza para pagar la deuda de suministros que deje el anterior inquilino. ¿Y si es más de lo que cubre la fianza?
Ten en cuenta que buena parte de las empresas que suministran los servicios (agua, electricidad, Internet), hacen los cortes de estos si después de un tiempo no se pagan las facturas. Por lo que, en teoría, la deuda no crecería. Por otra parte, puedes acercarte de forma periódica si no confías en tu inquilino a las compañías suministradoras para preguntar por el estado del pago de las facturas.
Si te encuentras con que hay muchas facturas sin pagar, antes de que finalice el contrato, puedes interponer una demanda de desahucio por impago de suministros. Cuidado, pues si la empresa corta los suministros cuando hay en marcha una demanda de este tipo, el inquilino puede denunciarte.