Recursos y servicios disponibles para propietarios e inquilinos que enfrentan problemas de pago de renta

¿Qué pasa si el inquilino no paga el alquiler? ¿Hay problemas de pago de renta? Como casero cuentas con varias posibilidades para ayudarte a garantizar este pago. Los inquilinos, también cuentan con algunos recursos para afrontar la morosidad. ¡Te contamos más sobre ellos!

Problemas de pago de renta, ¿cómo solucionarlos?

Como bien sabes, el contrato de alquiler se sustenta sobre un inmueble y el pago de un alquiler periódico por el mismo. Al momento de firmar el acuerdo una de las cláusulas más importantes es la relativa al pago. Aquí debe especificarse el importe, así como la fecha en la que el inquilino tiene que hacer efectivo dicho pago; generalmente se suele dar un período de siete días para hacerlo y siempre a principio de mes.

problemas de pago de renta

También debe especificarse la forma de pago que en la mayoría de los contratos es a través de transferencia bancaria. Si es en efectivo, tendrás que dar un recibo al inquilino. En este recibo deberá especificarse la fecha en la que se hizo el pago, así como el importe y el mes correspondiente.

¿Qué pasa cuando hay problemas de pago de renta? ¿qué ocurre si el inquilino se atrasa unos días? ¿con qué recursos cuentan las partes para solucionarlo?

Recursos y servicios para solucionar problemas de pago de renta

Agencia de cobro de alquiler garantizado

Como propietario, uno de los recursos con los que cuentas para evitar problemas de pago de renta es contratar los servicios de una agencia de cobro de alquiler garantizado, como Alquiler Plus. La agencia se encarga de que en una fecha en concreto, a principios de mes, cuentes con el importe de la renta en tu cuenta y es la propia agencia la encargada de hacer las gestiones con el inquilino.

Es la manera más eficaz para ahorrarte problemas de pago de renta, pues si el inquilino paga por ejemplo, el día 7 del mes, tú tendrás el dinero en tu cuenta desde el día 5. Siendo la agencia quien se encarga de hacerte la transferencia y quien recibe del inquilino el pago.

Seguro de impago de alquiler

Otra alternativa con la que cuentas es contratar un seguro de impago de alquiler. Ten en cuenta que aquí no tratarás con una agencia sino con una aseguradora, por lo que deberás pagar una póliza anual. A través de este tipo de coberturas sobre los arrendamientos el propietario puede garantizar el pago del alquiler en caso de que el inquilino no pague.

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Cuidado, pues cada póliza es diferente. Hay algunas que te ofrecen una cobertura por impago de hasta 12 meses, pero otras te ofrecerán solo dos o tres meses. ¡Todo depende de la aseguradora y la póliza que contrates! Por otra parte, este tipo de seguros es bueno para gestionar no solo los problemas de pago de renta que se produzcan, sino para resolver un posible desahucio a futuro.

Algunas de las garantías que ofrecen son:

  • Defensa jurídica ante conflictos que se derivan del contrato. Esto incluye el desahucio del inquilino moroso así como la reclamación de daños y perjuicios. También comprende la defensa penal y las actuaciones que se lleven a cabo.
  • Indemnización por daños materiales ocasionados por el inquilino.
  • Asistencia en el hogar. Esta es una buena alternativa pues en caso de que haya emergencias en la vivienda y te toque como arrendador hacer las reparaciones, la aseguradora se encarga de gestionarlas.

Aval para solucionar los problemas de pago de renta

Como arrendador tienes el derecho a pedir garantías al inquilino al momento de la firma del contrato. Una de estas garantías es el aval. Este aval puede ser bancario, pero también una persona física. En caso de impago de la renta, primero debes pedirle al inquilino que efectúe el pago (a través de burofax) y después dirigirte al aval para que responda a la obligación contraída.

Ayudas para el alquiler

Como inquilino puedes pedir alguna de las ayudas sociales disponibles para el pago del alquiler. Estas ayudas, de gestión Autonómica, pueden ser para los jóvenes (con lo que tendrás que cumplir ciertos requisitos de edad); y las ayudas generales. Ten en cuenta que para poder solicitar la ayuda es indispensable estar empadronado en la vivienda y que el alquiler sea 100% legal, es decir, que esté registrado y con la fianza depositada.

Los importes de las ayudas para el alquiler pueden variar en función de la capacidad económica de cada solicitante, pero pueden ser:

  • Hasta el 40% con carácter general.
  • Hasta el 50% para personas mayores de 65 años.
  • Tramos de ingresos entre 601 y 900 euros: hasta el 30%.

Otra manera de contribuir al pago del alquiler es haciendo la solicitud del Ingreso Mínimo Vital, para el cual también deberás cumplir ciertos requisitos como estar empadronado en una vivienda distinta a la de los padres y que el núcleo familiar no cuente con un ingreso suficiente para pagar la renta.

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